Venta Piramidal: la Ley y un ejemplo. Para el juez Senent, que no fue a clase ese día


Hay quienes se resisten a  esto, pero con la separación de poderes, los límites de la actuación de cada uno de ellos ha quedado totalmente delimitada, de esta manera los jueces NO crean las leyes, sino que las aplican y solo las aplican.
 
El día que el profesor habló de las Ventas en pirámide, el sr Senent, no debió acudir a clase, no pasa nada, se lo recordamos aquí, y le ponemos un video para que lo tenga aún más fácil.
       Este y no otro era el artículo que tipificaba el delito, y que era el estaba vigente durante la vida de la empresa:
 
Artículo 23. Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista





____________________________________________________________________________________________

http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-1072&b=31&tn=1&p=19960117

Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. BOE» núm. 15, de 17/01/1996BOE-A-1996-1072
 
Artículo 23. Prohibición de ventas en pirámide.

1. Se prohíbe la venta realizada por el procedimiento llamado «en cadena o piramidal» y cualquier otro análogo, consistente en ofrecer productos o servicios al público a un precio inferior a su valor de mercado o de forma gratuita, a condición de que se consiga la adhesión de otras personas.

2. Se prohíbe proponer la obtención de adhesiones o inscripciones con la esperanza de obtener un beneficio económico relacionado con la progresión geométrica del número de personas reclutadas o inscritas.

3. Las condiciones contractuales contrarias a lo previsto en este artículo serán nulas de pleno derecho.

_________________________________________________________________________________

Posterior a la intervención, 2009, se redacto de la siguiente forma:

Art. 24. Prácticas de venta piramidal. (Ley de Competencia Desleal)

    Se considera desleal por engañoso, en cualquier circunstancia, crear, dirigir o promocionar un plan de venta piramidal en el que el consumidor o usuario realice una contraprestación a cambio de la oportunidad de recibir una compensación derivada fundamentalmente de la entrada de otros consumidores o usuarios en el plan, y no de la venta o suministro de bienes o servicios.

NOTA: Redacción dada por Ley de Competencia Desleal 29/2009, de 30 de diciembre.


Esta es la redacción que usted trascribe en su sentencia, entiendo de no aplicación, por el  principio de irretroactividad de la ley, consagrado en el artículo 34 de nuestra Constitución.   
 
Vea un Ejemplo: ( que después de lo que cobra tengamos que estar así)
 
VIDEO1      (enlace a fuente1)   
 VIDEO 2          (enlace a fuente2)

La venta en pirámide consiste, pues, en lo siguiente: una empresa contrata, supuestamente, a trabajadores, que pagan por trabajar y obtienen beneficios si consiguen muchos otros trabajadores que entren en el sistema pagando a su vez.
 
¿tiene esto algo que ver con comprar y vender sellos y cobrar una comisión por ello, que es lo que hacía Fórum?
No nos engaña Sr Senent, usted no es tonto, usted es MALO.


Quizás tampoco fuera a clase ese día, pero hay un delito que lo cometen lo Jueces cuando dictan una sentencia a sabiendas de que es injusta, era PREVARICACIÓN, le suena.


Ya, ya se lo de Vaquer, hay que tener amigos hasta en el infierno y esta vez se ha librado, pero quien sabe, esto va para largo, y quizás un día haya jueces y políticos decididos a poner orden en el país, y entonces ....

Comentarios

  1. Excelente aportación.

    Muchas gracias.

    Debería volver a hacer clases, este Juez.
    Por lo visto, en su época estudiantil, debió de hacer bastantes campanas, y los temas vitales que ahora esta barajando se le hacen tremendamente grandes, está claro el desconocimiento que tiene al respecto.

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  2. Muy bien dicho.... por si nos lee, ya sabe lo que le espera, denuncia al canto !!!

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  3. Si tenemos que esperar que haya jueces y politicos que pongan orden vamos apañados.Ahora han juzgado y con sentencia recurrible a los directivos de forum, estos recurriran y recurriran y se irá eternizando y asi iran pasando mas años.Si esto no lo solucionan los tribunales europeos ,"ora pro nobis y amen"

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  4. EL VILLA...........Este sr. por llamarle de alguna forma, está siendo investigado por la policía. Ahí dejo el enlace:

    http://www.elconfidencial.com/espana/2014-07-21/la-policia-investiga-una-trama-corrupta-de-jueces-y-administradores-concursales_164136/

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  5. EL VILLA............. Ahí os mando otra dirección. Más de lo mismo. El menda está muy solicitado.

    http://www.elconfidencial.com/espana/2014-06-23/el-cgpj-hace-la-vista-gorda-a-las-corruptelas-de-jueces-y-administradores-concursales_150378/

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  6. "No puede ser que fuera mercantil para argumentar Venta en pirámide, y sea financiera para decir que había déficit ... ¿en la Querella se le acusó de este delito? NO. En la vista, ¿la fiscalía o algún abogado de la acusación particular, mencionó este delito?"

    A pesar de que estos jueces puedan incurrir en tan flagrantes contradicciones, cuentan con la ventaja de que se lo pueden permitir y ese va a seguir siendo, lamentablemente, el "caballo de batalla" de nuestras contínuas preocupaciones.

    Aunque sea de un modo aparente, muestran tener la capacidad suficiente para poder atribuir la calificación que mejor les venga y seguir encontrando delitos, aunque no lleguen a ser reales sino ficticios.

    Así, si se impone la teoria mercantil, se sacan el fraude de Venta en Pirámide, de la "chistera" y si no sirve la tesis mercantil, será lo del déficit creado por una "Estafa Piramidal Financiera". Aquí hacen un uso muy bien logrado de la famosa frase de Groucho Marx, tal como decía este: "si no le gustan mis principios o argumentos, tengo otros más convincentes o convenientes".

    A ellos les puede resultar hilarante que las Sentencias se deban recurrir y que los Juicios se tengan que llegar a suceder o repetir, interminablemente, pero para nosotros es un atentado muy serio.

    Constituye un percance muy serio y que nos obligará a tener que luchar en varios frentes simultáneos, fundamentalmente, por los motivos siguientes:

    Uno es que si nos limitamos a contra-restar cada acusación nueva que se saquen de la "manga", conforme esto vaya ocurriendo, podemos esperar a que el simple paso del tiempo, convierta esta causa en un desenlace perdido por nuestro propio agotamiento.

    Otro motivo y como consecuencia del anterior, es que pueden terminar ganando esta "guerra", en tanto que la dilatación temporal en la resolución de esta causa, la termina por diluir, propiciando una consideración confusa de sus auténticos fundamentos. Esto, acaba favoreciendo los objetivos últimos que persiguen los malhechores y que se reducen a ELUDIR CUALQUIER TIPO DE RESPONSABILIDAD, exclusivamente.

    Aunque como bien se ha dicho, este Juez (Senent) se puede haber "cargado" los cargos iniciales de la acusación, con su Sentencia, no es menos cierto que ha dejado abierta, a su vez, otra nueva "puerta", al introducir una figura distinta pero igual de eficaz, para echar siempre la culpa sobre los demás y si esta no se contra-resta de "raíz", prestamente.

    No resulta difícil poder intuir, claramente, la dirección en la que los "guardianes" del Estado tratan de moverse. JUSTIFICAR ante todo, la INTERVENCIÓN y de cualquier manera, es lo primordial para ellos, incluso por encima de que se acabe dictaminando la existencia de un delito penal, o no, al final de este maco-proceso.

    El peligro mayor, por lo tanto, cae de nuestro lado si los jueces (sin pudor para prevaricar) enfocan el "punto de mira", en pretender demostrar (de cualquier manera) que A LA EMPRESA SE LA TENÍA QUE LIQUIDAR, SÍ O SÍ, JUSTIFICADAMENTE. Cualquier excusa, disculpa o pretexto, en este sentido, aun por débil o falso que sea, va a contar con el favor de una opinión pública "abducida", fácilmente.

    En resumen y queriendo ir al "grano", intuyo que el "hilo" o núcleo del exclusivo discurso que se va a imponer, a partir de ahora, va a estar enfocado en el significado de esta frase que tan bien se "vende". Esta es la de que "los sellos estaban sobre-valorados o no valían lo que se pagaba por ellos". Desmontar de "cuajo" esta falacia tendrá que ser, con toda seguridad, nuestro mayor reto.

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  7. El valor, en cualquier momento determinado, es el resultado de la
    oferta y la demanda, y es siempre aquel que es necesario para crear un
    mercado para la oferta existente.

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    Respuestas
    1. Efectivamente, así debiera considerarse, pero nos podemos suponer que rebatir las conclusiones de Senent, no va a resultar ni de lejos, tan fácil.

      Si leemos lo que argumenta en su Sentencia, Senent, se observa que maneja la idea de "estafa" sobre la base o supuesto de que al ser unos ignorantes, los clientes no podían impedir que fuesen engañados.

      Habla a su vez, de un imaginario "circuito" de clientes, cerrado y en el que según él, los precios que se manejaban no eran los que fluctuaban en el resto del mercado.

      Lo que en síntesis, viene a decir, es que la Compañía corría un riesgo de insolvencia, desmesurado (más que cualquier otra empresa y por encima del riesgo normal de mercado) y debido a una carga adquirida, de compromisos desorbitados. En caso de una simple caída en sus precios, al nivel de los del resto del mercado, el negocio que mantenía la empresa estaría irremisiblemente quebrado.

      Hay en esta argumentación, no obstante, un notable punto débil. Este Juez no repara en la situación saneada del balance de la empresa. Fórum Filatélico era una Compañía que al desarrollar su actividad empresarial, diversificaba prudentemente.

      Además de su abundante patrimonioo stock filatélico, tenía valiosos activos inmobiliarios y una amplia cartera de valores mobiliarios, con participaciones importantes en otras sociedades cotizadas.
      La pregunta que entonces queda en el aire, es la siguiente: si la empresa en el momento de la intervención se encontraba bien capitalizada, ¿puede justificarse la misma (intervención) por el mero hecho de que corría un indeterminado riesgo, al vender sus sellos más caros?

      En caso de que el balance de la Compañía, hubiera sido menos boyante, finalmente, entonces sí podría convenir que los expertos filatélicos confirmasen, que el valor de los sellos vendidos, era con relación al resto del mercado, no sobre-valorado (según Senent) sino concordante (como lo era en Afinsa).

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  8. No existe justicia,pero tarde o temprano todos los malos pagaran,no tengáis dudas,dudas una manera u otra,por que el dinero ni paga la enfermedad ni la muerte,si no que se lo digan al que murió de infarto haber de que le sirvió arruinarnos y acumular tanto,y al los que siguen haciendo daño les espera lo mismo más tarde no podrán gastar lo que nos han y siguen robando,por eso OS ánimo a que esperéis a verlo no sufráis demasiado que OS puede enfermar y eso es lo que quieren que nos muramos poco a pico no darles ese gusto,que seamos nosotros los que le sobrevivamos,tener paciencia ,y ánimo a todos.ser felices y esperar a verlo.

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  9. http://wikiblues.net/la-constituci%C3%B3n-culpable

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